¿Metas salariales concretas?
- Luis A. Santiago Roque
- Sep 17, 2018
- 2 min read
Updated: Sep 18, 2018
La aprobación de la Ley 16-2017, Ley de Igualdad Salarial de Puerto Rico, obliga a las empresas e instituciones privadas a conducir un autoestudio salarial utilizando las guías publicadas por el Departamento del Trabajo el 10 de agosto de 2017. Bajo la ley y dichas guías, este programa de autoevaluación, unido a un plan que contenga metas salariales concretas a corto plazo, servirían de defensa para evitar la imposición de penalidades al patrono en caso de que mantenga inequidades salariales que no sean justificables bajo los criterios establecidos en la Ley 16-2017.
Las guías aprobadas por el Departamento del Trabajo sugieren a los patronos la creación de planes de clasificación que establezcan la compensación mínima y máxima para cada posición, incorporando los criterios o competencias no-discriminatorios bajo los cuales se incentivará a los empleados. Las guías promueven que los patronos eliminen la subjetividad estableciendo factores incrementales objetivos que permitan establecer la compensación y/o aumentos de forma matemática u objetiva. Es recomendable que los patronos ejecuten evaluaciones o auditorías internas para asegurar el cumplimiento con las obligaciones legales de no-discrimen. Del mismo modo, los bonos o compensaciones adicionales no requeridas por ley que el patrono otorgue deben estar manifiestos sobre criterios objetivos y ser medidos con el uso de datos concretos.
Se sugiere revisar los manuales y reglamentos de los patronos con miras a eliminar aquellas prácticas, requerimientos o disposiciones que sean incompatibles con la Ley 16-2017. Es importante que todo patrono tome las acciones afirmativas para erradicar la desigualdad salarial en su empresa, debido a que no hacerlo expone a la organización a penalidades y acciones judiciales.
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